8) Período de Vigencia
La póliza debe cubrir el mandato del Director o Socio Gerente. Habitualmente se trata de períodos anuales.
a) Fin del riesgo
El riesgo finaliza cuando es aprobada la gestión del Directorio en la Asamblea General Ordinaria de Accionistas y se aprueba el Balance Anual. Sin embargo algunas acciones legales tienen un plazo de hasta 3 años antes de que ocurra su prescripción.
b) Anulación
La póliza se anularía únicamente en caso de que el Director no acepte el cargo. Como es normal en el Ramo Caución la póliza tiene 2 cláusulas respeto a la validez de la cobertura que dicen:
VINCULO Y CONDUCTA DEL TOMADOR (Art. 2º segundo párrafo): Los actos, declaraciones, acciones u omisiones del Tomador aun mediando dolo o culpa grave, no afectarán en ningún modo los derechos del Asegurado frente al Asegurador.
VALIDEZ DEL SEGURO (Art. 10º): Queda entendido y convenido que la presente póliza mantiene su pleno vigor aun cuando el Tomador no hubiera abonado el premio respectivo en las fechas convenidas.
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